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LICENCIA DE ARMAS TIPO B: REQUISITOS Y PROCESO DE SOLICTUD EN ESPAÑA

Tabla de contenidos

¿Puedo obtener la licencia solo por querer protegerme?

¿Qué ocurre si mi licencia caduca?

¿Cuántas armas puedo tener con esta licencia?

¿Puedo portar el arma en la vía pública?


Estas y otras preguntas nos las encontramos de manera habitual en nuestros centros psicotécnicos. Como especialistas desde 1.987 en Psicotécnicosmadrid.com somos especialistas en este tipo de gestiones ya que somos centros psicotécnicos y gestores administrativos especializados.

A lo largo de este artículo profundizaremos en detalle cómo puedes obtener esta licencia, los requisitos estrictos que debes cumplir y todas las implicaciones legales y personales que conlleva su posesión.

Si tu caso es excepcional y consideras que puedes justificar suficientemente la necesidad de protección personal con un arma corta, sigue leyendo para conocer con precisión cada paso y asegurar que tu solicitud cumpla con todas las expectativas y exigencias de la normativa española.

La licencia de armas tipo B ampara las armas de la 1ª categoría. 

En España, la tenencia y uso de armas de fuego están estrictamente regulados para garantizar la seguridad pública.

La licencia de armas tipo B es una autorización oficial que permite a particulares la tenencia y uso de armas de fuego cortas, principalmente pistolas y revólveres.

Esta licencia se otorga bajo estrictos controles por parte de las autoridades competentes, en concreto la Guardia Civil, que regula minuciosamente quién puede acceder a estas armas debido al elevado riesgo potencial asociado a ellas.

Entre las armas autorizadas por esta licencia destacan las pistolas semiautomáticas, revólveres y ciertas armas de colección, siempre que cumplan con los requisitos técnicos y legales estipulados por la normativa vigente.

La particularidad de estas armas radica en su facilidad de manejo, discreción y efectividad, atributos que explican por qué su posesión se encuentra tan regulada.

Comparada con otras licencias, la tipo B se diferencia claramente por su alto nivel de exigencia y exclusividad. Por ejemplo:

  • Licencia C: Destinada exclusivamente a personal de seguridad privada y escoltas.
  • Licencia D: Orientada a armas largas rayadas para caza mayor.
  • Licencia E: Dirigida a cazadores y tiradores deportivos para el uso de escopetas y armas largas de ánima lisa.
  • Licencia F: Para tiradores deportivos que practican tiro olímpico, permitiendo armas específicas destinadas a competiciones.

Estas diferencias hacen que la licencia tipo B se reserve exclusivamente a particulares que justifiquen claramente la necesidad de portar armas cortas por motivos estrictamente personales de seguridad. A lo largo de los próximos apartados, exploraremos con mayor profundidad qué implica solicitar y mantener esta licencia tan singular.

En España, la posesión de armas es un tema delicado que genera un intenso debate público, sobre todo por las implicaciones que tiene en términos de seguridad y responsabilidad individual.

A diferencia de países como Estados Unidos, donde el acceso a armas de fuego es más amplio y relativamente sencillo, España cuenta con un sistema de regulación estricto, diseñado para minimizar riesgos y garantizar que la posesión de armas quede limitada a casos muy específicos y justificables.

Dentro del marco legal español, la licencia tipo B destaca particularmente por su exclusividad y el riguroso proceso necesario para obtenerla. Mientras otras licencias pueden adquirirse con fines deportivos, cinegéticos o de colección de forma relativamente accesible, la licencia tipo B se reserva para situaciones excepcionales y se encuentra bajo constante supervisión de la Guardia Civil, el cuerpo encargado del control exhaustivo sobre armas y explosivos.

Lo que convierte a la licencia tipo B en una de las más restrictivas y difíciles de conseguir en España es, principalmente, la necesidad imperiosa de justificar un riesgo real para la seguridad personal.

No basta con desearla por motivos de seguridad preventiva, afición o mera curiosidad. La obtención requiere demostrar documentalmente ante las autoridades competentes que existe un peligro concreto y significativo para el solicitante.

Este enfoque tan restrictivo garantiza que las armas cortas, como pistolas y revólveres, no proliferen entre la población general, reduciendo considerablemente el riesgo de incidentes.

Obtener la licencia tipo B implica cumplir una serie de estrictos requisitos legales y administrativos destinados a asegurar que solo personas adecuadamente cualificadas y en circunstancias excepcionales tengan acceso a armas cortas. Entre los principales requisitos se encuentran:

Edad y Capacidad Legal

Debes tener al menos 18 años para solicitar la licencia, lo que garantiza la madurez suficiente para comprender plenamente las responsabilidades derivadas del manejo y posesión de armas.

Además, es fundamental que el solicitante no esté incapacitado legalmente para poseer armas de fuego. Esto incluye a aquellos que han sido declarados incapacitados mental o jurídicamente, lo que garantiza que solo personas con plena capacidad legal puedan acceder a este tipo de licencia.

Residencia legal en España

Es imprescindible acreditar la residencia permanente en territorio español, requisito fundamental para el control efectivo y seguimiento continuo por parte de las autoridades.

Documentación esencial

Deberás presentar una serie de documentos básicos, incluyendo:

Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor

Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante es fundamental.

Certificado de antecedentes penales

Actualizado, que demuestre ausencia de delitos violentos o de riesgo.

Este certificado sirve para asegurar que el solicitante no tenga un historial criminal que le descalifique para la tenencia de armas. Debe ser solicitado en el registro correspondiente y debe estar actualizado.

Certificado de aptitudes psicofísicas

Este es el llamado Certificado Médico Psicotécnico para Armas. Emitido por un centro médico homologado, que acredite que tienes las condiciones físicas y psicológicas adecuadas para la posesión y manejo seguro de armas de fuego.

En Psicotécnicosmadrid.com contamos con 8 centros en Madrid, Alcorcón y Las Rozas donde puedes obtener este psicotécnicos para licencia de armas b y además nos encargamos de tramitarte la gestión ante la intervención de armas de la guardia civil

Certificado de violencia de genero

Sobre la información de este certificado os podéis informar en el teléfono gratuito 060 de atención al ciudadano.

Justificación documentada de necesidad

Siendo este el requisito más crítico y diferenciador.

Debes presentar evidencias concretas de situaciones reales y verificables en las que tu seguridad personal está en peligro, como amenazas específicas documentadas o riesgos claros derivados del ejercicio de profesiones sensibles (empresarios amenazados, profesionales expuestos a agresiones frecuentes, etc.).

Los documentos para justificar que se necesita una licencia de este tipo pueden ser las fotocopias de denuncias, la licencia fiscal de una actividad como armero o joyero, representante de joyería, guardaespaldas o cualquier otra que justifique la autodefensa o defensa de la familia siempre y cuando podemos demostrar que nuestra vida corre serio peligro.

Este último requisito, la justificación de necesidad, es el que establece con claridad la línea entre la licencia tipo B y otras licencias.

No se trata de un simple trámite administrativo, sino de un profundo análisis de cada caso particular por parte de la Guardia Civil, que evalúa con sumo cuidado la gravedad, urgencia y credibilidad de las situaciones expuestas por el solicitante.

En los próximos apartados profundizaremos en cómo realizar correctamente esta justificación y te ofreceremos pautas prácticas para aumentar significativamente tus probabilidades de éxito en la solicitud.

Solicitar la licencia de armas tipo B requiere seguir un procedimiento claramente definido, en el que cada paso es crucial para que tu solicitud sea evaluada positivamente:

Presentación de la solicitud

Deberás presentar la solicitud personalmente en la Intervención de Armas de la Guardia Civil que corresponda según tu domicilio. Este paso presencial permite una primera valoración directa por parte de las autoridades, quienes revisarán la documentación y comprobarán preliminarmente que cumples con los requisitos esenciales.

Solicitud telemática

Alternativamente, puedes realizar el trámite mediante la Sede Electrónica de la Guardia Civil. Este método es ideal para agilizar el proceso administrativo y proporciona la ventaja de presentar documentación en formato digital, facilitando el seguimiento online del estado de tu solicitud.

Pago de tasas

Debes abonar la tasa correspondiente mediante el modelo 790, disponible tanto en oficinas bancarias autorizadas como a través de la plataforma digital de la administración pública. Este pago acredita la formalización administrativa de tu petición.

Resolución y autorizaciones temporales:

La Guardia Civil dispone habitualmente de un plazo máximo de tres meses para resolver la solicitud, periodo en el cual podrían concederte, en casos excepcionales y debidamente justificados, autorizaciones temporales. Estas autorizaciones permiten el uso limitado del arma hasta la resolución definitiva de la licencia.

Medidas de seguridad

El arma será guardada en los propios domicilios de sus titulares en un lugar seguro bajo llave separada de su munición, de forma que no sean fácilmente accesibles de manera conjunta

Es importante considerar cada fase del proceso como una oportunidad para demostrar con claridad y detalle la necesidad imperiosa que sustenta tu solicitud, asegurando así mayores probabilidades de obtener esta licencia tan exclusiva.

La licencia de armas tipo B tiene una vigencia máxima de 5 años y, a diferencia de otras licencias, no permite renovación directa. Esto significa que, al expirar, tendrás que iniciar nuevamente el procedimiento completo para obtener una nueva concesión.

Este particular mecanismo refuerza aún más el carácter excepcional de esta licencia, ya que obliga al titular a reevaluar y justificar periódicamente su necesidad.

Para mayores de 67 años, la normativa establece un requisito adicional de seguridad conocido como el visado. Este visado obligatorio se realiza cada tres años y requiere presentar un certificado médico favorable, asegurando así que la capacidad física y psicológica del titular se mantiene adecuada para portar y manejar armas de fuego con seguridad.

Finalmente, es importante considerar que esta licencia puede ser revocada en cualquier momento si las circunstancias que justificaron inicialmente su concesión cambian o dejan de existir, o si se incumplen las condiciones legales exigidas. Mantener la licencia tipo B implica, por tanto, un compromiso continuo con la responsabilidad personal y legal del portador.

Para ilustrar mejor qué tipo de situaciones pueden justificar la obtención de una licencia tipo B, resulta útil examinar algunos casos prácticos

  • Profesionales de la seguridad privada y escoltas: Suelen obtener esta licencia debido al riesgo constante derivado de su trabajo. Su labor cotidiana implica exposición directa a amenazas que hacen indispensable portar armas cortas para garantizar tanto su seguridad personal como la de las personas que protegen.
  • Personas con amenazas específicas: Individuos que, por sus circunstancias profesionales o personales, han recibido amenazas documentadas y verificables que justifican su necesidad real de protección inmediata mediante un arma corta.

Algunos testimonios de solicitantes reflejan la complejidad del proceso, destacando que la preparación minuciosa de la documentación y la claridad en la exposición del riesgo han sido factores clave para obtener la licencia con éxito.

  1. Documenta todo exhaustivamente: Proporciona informes policiales, judiciales o testimonios claros que respalden tu necesidad.
  2. Prepara cuidadosamente la entrevista: Si eres citado por la Guardia Civil, asegúrate de explicar con claridad y precisión por qué necesitas portar el arma.
  3. Apóyate en profesionales: Considera la posibilidad de asesorarte con expertos legales o en seguridad que puedan ayudarte a estructurar tu solicitud de manera óptima.
  4. La licencia autoriza a llevar la pistola o revolver encima, es decir en una funda para arma corta del tipo que más nos guste, sobaquera, pernera o de las que se cuelgan del cinturón.
  1. No hay que confundir esta licencia de arma corta con la licencia tipo F que es únicamente para tiro deportivo y aunque permite adquirir y tener una pistola o revolver no permite llevarla encima ni tenerla en nuestro negocio, sino únicamente utilizarla en las instalaciones deportivas adecuadas (campo de tiro) y en el caso de que la guardemos en casa siempre tendrá que estar dentro de un armero homologado.

La licencia tipo B es altamente restrictiva y requiere cumplir rigurosos requisitos.

Si consideras que cumples estos requisitos y necesitas esta licencia, consulta con expertos o inicia el procedimiento cuanto antes, asegurándote de cumplir meticulosamente con cada condición legal exigida.

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