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Psicotécnico para la Licencia de Navegación (Titulín): guía completa.

Tabla de contenidos

En esta guía, elaborada por el equipo médico de Psicotecnicosmadrid.com —con más de 35 años emitiendo informes de aptitud psicofísica para titulaciones náuticas—, te explicamos en detalle qué es la Licencia de Navegación, qué puedes hacer con ella, cómo se diferencia del antiguo Titulín y, sobre todo, cómo se obtiene el psicotécnico necesario para sacarla en Madrid en una sola visita.

La Licencia de Navegación es el nombre oficial de la titulación náutica más básica del sistema español de titulaciones de recreo. Está regulada por el artículo 11 del Real Decreto 875/2014 y, a diferencia del PNB o el PER, no requiere examen oficial: la expide directamente la escuela náutica o la federación de vela o motonautica donde realices la formación.

Históricamente, la titulación equivalente se llamaba “Autorización federativa” y se la conocía popularmente como “Titulín” porque era el más pequeño de los títulos náuticos. Cuando en 2014 entró en vigor el RD 875/2014, esa autorización federativa dejó de expedirse y fue sustituida por la actual Licencia de Navegación, con atribuciones algo ampliadas. El nombre coloquial de “Titulín” se ha quedado pegado en el lenguaje del sector y muchos navegantes y escuelas siguen usando ambos términos como sinónimos.

En la práctica de hoy: cuando alguien te dice “sacármelo Titulín” o “renovar el Titulín”, salvo que tenga el documento antiguo, lo que va a tramitar es la Licencia de Navegación actual. Son lo mismo a efectos prácticos.

Conviene tener claras las atribuciones antes de invertir en el curso, porque condicionan qué tipo de navegación vas a poder hacer realmente:

  • Embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora, sin límite de potencia (la potencia adecuada según el fabricante de la embarcación).
  • Distancia máxima a la costa: 2 millas náuticas (aproximadamente 3,7 km) desde un puerto, marina o lugar de abrigo.
  • Solo navegación diurna. No habilita para navegar de noche.
  • Motos náuticas: sí habilita para gobernarlas, dentro de los límites de uso específicos de las motos de agua.
  • Válida tanto para embarcaciones a motor como a vela, sin necesidad de práctica adicional de habilitación a vela mientras no superes los 6 metros.

Es decir, la Licencia de Navegación cubre el escenario típico de fin de semana en familia: salir de un puerto deportivo en una embarcación pequeña, navegar pegado a la costa, fondear en una cala, bañarse y volver antes del atardecer. Para mucho navegante ocasional, es más que suficiente.

LIMITACIONES IMPORTANTES QUE CONVIENE CONOCER Con la Licencia de Navegación NO puedes navegar de noche, NO puedes superar las 2 millas de la costa, NO puedes pilotar embarcaciones de más de 6 metros y NO puedes navegar entre islas en los archipiélagos balear o canario. Si tu plan incluye alguna de estas situaciones, necesitarás al menos el PNB (5 millas) o, más probablemente, el PER (12 millas y entre islas).

El RD 875/2014 establece tres requisitos básicos para la obtención de la Licencia de Navegación:

1. Edad mínima: 18 años (o 16 con consentimiento)

La edad de referencia para todas las titulaciones náuticas de recreo son los 18 años cumplidos en el momento de realizar la formación. Sin embargo, los menores que hayan cumplido 16 años pueden obtener la Licencia de Navegación presentando el consentimiento expreso de su padre, madre o tutor legal.

2. Curso teórico-práctico (6 horas en total)

Es la parte formativa, regulada en el Anexo III del RD 875/2014. Se realiza en una escuela náutica autorizada o federación y consta de:

  • 2 horas de teoría: introducción a normativa de tráfico marítimo, balizamiento (marcas laterales), reglas básicas para evitar abordajes (Reglas 4 a 8, 11 a 19 y 37 del RIPA), gobierno de la embarcación y nociones básicas de uso de la radio VHF (canal 16 de emergencia).
  • 4 horas de prácticas básicas de seguridad y navegación: pueden realizarse en aguas marítimas o interiores (pantanos), incluyendo el uso de embarcaciones semirrígidas.

No hay examen oficial. Al final del curso, la escuela emite la Licencia de Navegación bajo su responsabilidad, siempre que se hayan cumplido las horas y se haya superado la evaluación del instructor.

3. Informe de aptitud psicofísica (psicotécnico)

El artículo 21 del RD 875/2014 establece que todos los aspirantes a una titulación náutica de recreo —incluida la Licencia de Navegación— deben aportar un informe de aptitud psicofísica emitido por un centro de reconocimiento autorizado. Este es el psicotécnico que realizamos en Psicotecnicosmadrid.com.

Lo habitual es realizar el reconocimiento antes del curso o el mismo día, ya que la escuela náutica te lo va a pedir como requisito documental para emitir la Licencia.

El proceso completo se puede cerrar en menos de una semana. Estos son los pasos:

  1. Obtén el psicotécnico en un centro autorizado. Es el primer paso práctico. En Psicotecnicosmadrid.com lo emitimos en el acto, con cita previa.
  2. Inscríbete en una escuela náutica autorizada. El curso suele ofrecerse en formato fin de semana o jornada completa. Aporta el psicotécnico junto con la fotocopia del DNI.
  3. Realiza las 2 horas de teoría y 4 horas de prácticas. Las prácticas pueden realizarse en pantanos cercanos a Madrid (San Juan, Buendía, Entrepeñas) o desplazándote al litoral.
  4. Recibe tu Licencia de Navegación. La escuela te entrega el documento al finalizar la formación. Puedes empezar a navegar de inmediato dentro de las atribuciones de la Licencia.

El informe de aptitud psicofísica es el mismo para todas las titulaciones náuticas. Esto significa que el psicotécnico que pides para la Licencia de Navegación es exactamente igual al que se pide para el PER, PNB o Patrón de Yate — mismas pruebas, mismo centro, mismo precio, misma validez de 90 días. Si en el futuro quieres ampliar atribuciones a PNB o PER, no necesitarás un psicotécnico distinto.

Las pruebas se rigen por el Anexo VIII del RD 875/2014 e incluyen:

  • Capacidad visual (agudeza, campo visual, visión cromática).
  • Capacidad auditiva.
  • Sistema locomotor.
  • Examen cardiovascular y respiratorio.
  • Examen del sistema nervioso y muscular.
  • Trastornos hematológicos, renales, metabólicos y endócrinos.
  • Trastornos mentales y de conducta.
  • Trastornos relacionados con sustancias (alcohol, drogas).
  • Aptitudes psicotécnicas: coordinación, atención, tiempo de reacción.

Duración total: aproximadamente 20 minutos en una única visita. Te entregamos el informe en papel, sellado y firmado, en el mismo momento. Posibles resultados: apto, apto con restricciones (por ejemplo, navegar con gafas), interrumpido (pendiente de aportar informes médicos adicionales) o no apto.

El coste total varía principalmente por la escuela náutica que elijas y el lugar de las prácticas. Estos son los componentes habituales:

ConceptoImporte orientativoNotas
Psicotécnico (informe de aptitud psicofísica)Desde 40,50 €En el centro de reconocimiento autorizado
Curso teórico-práctico (6 horas)100-200 € aprox.Varía por escuela y lugar de prácticas
Tasa de expediciónVariable / incluidaHabitualmente incluida en el precio del curso

A diferencia de otras titulaciones, la Licencia de Navegación no requiere el pago de la tasa 790-077 de la DGMM en su obtención inicial, ya que la expide directamente la escuela náutica. La tasa sí se aplica en la renovación posterior.

Como el resto de titulaciones náuticas de recreo, la Licencia de Navegación caduca y debe renovarse:

  • Cada 10 años, hasta los 70 años de edad.
  • Cada 5 años, a partir de los 70 años.

Para la renovación necesitas: psicotécnico en vigor (90 días), tarjeta a renovar, DNI y abonar la tasa correspondiente. La renovación sí se tramita ante la Dirección General de la Marina Mercante (no ante la escuela náutica), de forma similar al PER.

Si tienes la antigua autorización federativa (el Titulín original anterior al RD 875/2014), tu situación es la siguiente:

  • Mientras tu antiguo Titulín esté en vigor, puedes seguir navegando con él.
  • Las atribuciones del antiguo Titulín tenían limitación de potencia del motor; la Licencia de Navegación actual no tiene esa limitación.
  • En el momento de renovarlo, la conversión es sencilla: solo necesitas realizar las 4 horas de prácticas básicas de seguridad y navegación (no las 2 horas teóricas) en una escuela náutica autorizada, más el psicotécnico habitual.
  • Tras esa convalidación, recibirás la Licencia de Navegación actual con sus atribuciones ampliadas.

En la práctica, esta convalidación suele implicar muy poca formación adicional y permite ampliar las atribuciones (sin límite de potencia y con motos náuticas plenamente habilitadas), por lo que recomendamos no postergarla.

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La elección entre estas tres titulaciones es clave porque condiciona qué podrás hacer en el agua y cuánto vas a invertir en formación y tasas. Esta tabla resume las diferencias clave:

CaracterísticaLicencia de NavegaciónPNBPER
Eslora máxima6 metros8 metros15 metros
Distancia a la costa2 millas5 millas12 millas
Navegación nocturnaNo
Examen oficialNo
Formación mínima6 horasCurso + prácticas16 h prácticas + radio
Motos náuticas
Psicotécnico

Regla práctica: la Licencia de Navegación es la opción más rápida y barata si tu uso será ocasional, en pequeñas embarcaciones cerca de la costa y de día. Si vas a navegar de noche, alejarte más de 2 millas o pilotar embarcaciones mayores, plantéate directamente PNB o PER. Y si estás en el caso de “me he comprado un barco pequeño pero quizás en el futuro lo cambie”, considera ir directamente al PER: ahorra dinero a medio plazo.

P: ¿Es lo mismo Licencia de Navegación que Titulín?

R: Coloquialmente, sí. La denominación oficial actual es Licencia de Navegación. “Titulín” era el nombre coloquial de la antigua Autorización federativa (anterior al RD 875/2014), pero el nombre se ha mantenido en el lenguaje del sector. Hoy día, ambos términos se usan como sinónimos para referirse a la titulación náutica más básica.

P: ¿Necesito hacer un examen para sacar la Licencia de Navegación?

R: No hay examen oficial ante la Marina Mercante. La escuela náutica que imparte el curso emite la Licencia bajo su responsabilidad una vez completadas las 6 horas de formación y aprobada la evaluación interna del instructor. Es la titulación náutica más sencilla de obtener desde este punto de vista.

P: ¿Puedo hacer las prácticas de la Licencia de Navegación en un pantano cerca de Madrid?

R: Sí. Las prácticas básicas de seguridad y navegación para la Licencia de Navegación se pueden realizar en aguas marítimas o interiores, lo que incluye los pantanos. Es habitual que las escuelas náuticas de Madrid las organicen en San Juan, Buendía o Entrepeñas para evitar el desplazamiento al litoral.

P: ¿El psicotécnico de Madrid sirve si me saco la Licencia con una escuela del litoral?

R: Sí. El informe de aptitud psicofísica emitido por un centro autorizado en Madrid es válido en todo el territorio español y para cualquier escuela náutica autorizada del país. Solo tienes que aportarlo dentro de los 90 días de validez.

P: ¿Puedo navegar de noche con la Licencia de Navegación?

R: No. La Licencia de Navegación habilita exclusivamente para la navegación diurna. Si necesitas navegar de noche, tendrás que sacarte como mínimo el PNB.

P: ¿Cuántos años es válida la Licencia de Navegación?

R: 10 años hasta los 70 años de edad, y 5 años a partir de esa edad. La renovación se tramita ante la Dirección General de la Marina Mercante con un nuevo informe de aptitud psicofísica.

P: ¿La Licencia de Navegación vale para navegar entre Mallorca e Ibiza?

R: No. La Licencia de Navegación no habilita para la navegación interinsular. Para navegar entre las islas del archipiélago balear o canario necesitas como mínimo el PER.

P: ¿Puedo sacarme la Licencia de Navegación con 16 años?

R: Sí, siempre que aportes consentimiento expreso firmado por el padre, madre o tutor legal. Es la única titulación náutica de recreo a la que se puede acceder con 16 años; el resto requieren los 18 años cumplidos.

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