Tipo de Licencias Náuticas

TIPOS DE TITULACIONES NÁUTICAS EN ESPAÑA 

Tabla de contenidos

En Psicotecnicosmadrid.com sabemos que en España existen varias titulaciones náuticas que permiten gobernar embarcaciones de recreo de distinto tamaño y alcance, y por eso hemos querido explicar de forma clara y completa toda la progresión, desde navegar sin titulación hasta alcanzar el nivel máximo de Capitán de Yate.  

A lo largo de este artículo analizamos cada permiso — Licencia de Navegación (o titulín)Patrón de Navegación Básica (PNB)Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)Patrón de Embarcaciones de Recreo Profesional (PPER) y Capitán de Yate — detallando las esloras autorizadas, las distancias máximas a la costa, las potencias de motor permitidas y las diferencias clave entre ellos, como la distinción entre PER y PPER o entre Licencia y PNB.

También resolvemos las dudas más habituales: qué embarcación puedes llevar con cada título, qué se puede navegar sin titulación, en qué consiste la conocida regla de los 24 metros, si los títulos caducan y cómo se llama actualmente el antiguo titulín.

Además, integramos nuestra recomendación experta, destacando la importancia de obtener cuanto antes el certificado médico-psicotécnico obligatorio para cualquier licencia náutica, un trámite que en nuestros centros de Madrid realizamos con la máxima rapidez, profesionalidad y sin esperas innecesarias para que puedas empezar a navegar cuanto antes. 

Se puede comenzar a navegar sin ninguna titulación oficial en embarcaciones muy pequeñas. Por ejemplo, las embarcaciones de vela hasta 6 metros de eslora y con motor hasta 5 metros (con potencia ≤15 CV) se pueden gobernar sin necesitar título.

Esto responde a dudas como “¿qué barco puedo llevar sin licencia?” o “¿qué puedo navegar sin titulación?”, cuya respuesta general es: kayak, canoa y botes ligeros de vela pequeños (≤6 m), o embarcaciones a motor de hasta 5 m (hasta 15 CV). Estas embarcaciones ligeras suelen usarse en navegación costera o pesca recreativa y no requieren examen ni pago de tasas de titulación. 

Este permiso no exige examen, solo un curso breve (2 horas de teoría y 4 horas prácticas) y el certificado médico correspondiente.

La Licencia de Navegación permite gobernar embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y motos náuticas, navegando de día hasta 2 millas náuticas de la costa (aprox. 3.7 km). No pone límite en la potencia del motor; en la práctica, permite cualquier embarcación ligera que cumpla la eslora y las condiciones de seguridad (por ejemplo, motos náuticas Clase C hasta 55 CV).

Así que, 

  • ¿Cuántos metros de barco puedes llevar con el titulín?  Hasta 6 metros. 
  • ¿Hasta dónde puedes alejarte con el titulín? A 2 millas de un puerto o abrigo. 
  • ¿Qué motor o cuántos caballos puedes llevar? No hay un límite de caballos específico en la normativa, solo el apropiado para el barco. Por ejemplo, con el titulín se pueden usar motos náuticas de potencia media-baja sin problemas.  

El siguiente escalón es el Patrón de Navegación Básica (PNB). A diferencia de la Licencia, el PNB requiere examen teórico-práctico.

Con este título se amplían las capacidades: el PNB permite gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 8 metros de eslora (y velero de similar longitud) navegando hasta 5 millas náuticas de cualquier abrigo.

Es por ello que una diferencia clave entre Licencia de Navegación y PNB es el tamaño del barco y el radio de navegación. Mientras la Licencia llega a 6 m y 2 millas, el PNB llega a 8 m y 5 millas.

Además, el PNB permite embarcaciones con potencia sin límite y motos náuticas (incluso de potencia mayor que en la Licencia), pero solo de día, sin autorización nocturna. 

En el PNB se enseña además manejo de motor, navegación básica y seguridad, por lo que supera al titulín en conocimientos.  

En resumen: con el PNB puedes navegar un poco más lejos y con barcos algo más grandes. 

Desde Psicotecnicosmadrid.com respondemos preguntas típicas: 

  • ¿Qué titulaciones se necesitan para navegar? Depende del barco. Para barcos pequeños (≤6 m) vale la Licencia, pero de 6 a 8 m necesitas como mínimo el PNB.
  • ¿Qué barcos puedo llevar con el titulín o PNB?” Con el titulín hasta 6 m, con PNB hasta 8 m. En ambos casos se permite motor sin limitación (siempre dentro de la seguridad del barco), pero el PNB añade manejo de navegación ligera y 5 millas de alcance. 

El Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) es el título intermedio más popular.

Con el PER se puede gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora (y similar en veleros), navegando hasta 12 millas náuticas de la costa. Además, permite navegación diurna y nocturna y la travesía entre islas de archipiélagos (Baleares, Canarias).

No limita la potencia del motor ni prohíbe tipos de embarcación (barcos a motor, veleros, etc., hasta 15 m). Esto da mucha libertad al patrón: por ejemplo, yates o lanchas deportivas de gran eslora son posibles con el PER. 

Una vez obtenido el PER, existe la extensión Patrón de Embarcaciones de Recreo Profesional (PPER). El PPER tiene las mismas atribuciones en cuanto a eslora y alcance que el PER, pero diferencia fundamental: habilita el uso profesional de las embarcaciones (transporte de pasajeros, alquiler con tripulación, etc.).

En otras palabras, con el PER solo se pueden usar las embarcaciones a título recreativo propio; con el PPER se puede ejercer una actividad económica.

El PPER requiere preparación adicional (formación complementaria, como el certificado profesional) además de tener el PER. Así que, ¿qué diferencia hay entre PER y PPER? El PPER permite actividad profesional. Ambas licencias llevan barcos de hasta 15 m y 12 millas, pero sólo el PPER autoriza la explotación económica de la embarcación. 

Atendiendo a dudas concretas: 

  • ¿A qué distancia puedo navegar con un PER?  La respuesta es 12 millas de la costa.
  • ¿Qué barcos puedo llevar con el título de PER? Barcos de recreo de hasta 15 m de eslora (de día y de noche), incluyendo grandes veleros y motores sin límite de caballos. 
  • ¿Cuántos metros de barco se pueden llevar con el PER? Hasta 15 m (y con cursos extra hasta 24 m como veremos en Capitán de Yate). 
  • ¿Qué barcos puedo llevar con PPER? Los mismos que con PER, pero pudiendo trabajar con ellos. 

El nivel máximo en recreo es Capitán de Yate.

Este título habilita a gobernar embarcaciones de recreo de hasta 24 metros de eslora (día y noche, cualquier tipo) y alejarse hasta 150 millas de la costa (navegación oceánica limitada por la zona económica).

No hay restricción de potencia ni de tipo de embarcación (motos, barcos a motor o velero). De hecho, se suele decir que el Capitán de Yate “desaparece prácticamente los límites”, pues autoriza la navegación internacional dentro de la autonomía del barco. 

Sin embargo, existe la famosa “regla de los 24 metros”: esta regla indica que todas las titulaciones náuticas recreativas autorizan como máximo barcos de 24 metros.

En otras palabras, un Titulín, PNB, PER o Capitán de Yate español puede llegar a 24 m, pero para conducir embarcaciones mayores sería necesario titulación profesional de marina mercante (por ejemplo, Capitán de Yate Profesional, Patrón de Yate Profesional, etc.).

Por tanto, el barco más grande que puedes llevar sin licencia de capitán (profesional) es de 24 m. Dentro de los recreativos, ese es el tope: el Capitán de Yate “limitado a 24 m”. En términos prácticos: con Capitán de Yate puedes llevar embarcaciones hasta 24 metros de eslora (y navegar hasta 150 millas).  

Desde Psicotecnicosmadrid.com respondemos algunas dudas: 

  • ¿Qué te permite el Capitán de Yate? Llevar barcos muy grandes y con gran libertad de navegación.
  • ¿Qué barcos puedo llevar con el Capitán de Yate? Cualquier embarcación de recreo hasta 24 m.
  • ¿Cuántos metros puede llevar un Capitán de Yate? 24 metros.
  • ¿Puedes capitanear tu propio yate? Sí, perfectamente, si dispones del título adecuado; por ejemplo, el dueño de un yate de 20 m puede ser él mismo su patrón si tiene el título de Capitán de Yate. 

Recapitulando las cifras clave en un esquema comparativo: 

  • Licencia de Navegación (Titulín/CER): barcos ≤6 m, motos (Clase C) ≤2 millas de la costa. Navegación diurna, sin límite de potencia del motor (solo el práctico). 
  • Patrón de Navegación Básica (PNB): barcos ≤8 m, hasta 5 millas del abrigo. Diurno, sin límite de motor. 
  • Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): barcos ≤15 m (ampliable a 24 m con cursillos), hasta 12 millas de la costa. Día y noche, alcance para islas. Sin límite de potencia. 
  • Patrón de Embarcaciones de Recreo Profesional (PPER): igual que PER en eslora y alcance, pero uso profesional. 
  • Capitán de Yate: barcos ≤24 m, hasta 150 millas, día y noche, sin límites de motor o tipo. 

En cuanto a potencia y motores, la reglamentación actual no establece un tope en CV para estos títulos (solo la física del barco).

Por ejemplo, ¿cuántos caballos puedes llevar con el titulín? Teóricamente tantos como quepan en un barco de 6 m, aunque en práctica con el titulín se considera uso de motores moderados. Para emular esta pregunta: el limitante real del titulín es la eslora, no la potencia. Con PNB, PER y Capitán de Yate tampoco hay límite de CV, pudiéndose instalar motores potentes o llevar motos de agua clase B/C de altas prestaciones. Por ejemplo, motos hasta 110 CV (clase B) requieren al menos PNB; motos de más de 110 CV (clase A) requieren ya PER. 

En la práctica, la potencia y caballos vienen condicionados por otro criterio: la categoría de navegación. El Reglamento de Seguridad Marítima en España define categorías de navegar (C1, C2, C3) según la distancia de costa. Los títulos se asocian a una categoría: Licencia (C3, 2 millas), PNB (C3-C2, hasta 5 millas), PER (C2, 12 millas), Capitán (C1, 150 millas). Esto determina patrullas, equipamiento, etc., pero en el día a día se resume como distancias. 

En resumen, cada titulación tiene su ámbito. Desde Psicotecnicosmadrid.com respondemos preguntas como: 

  • ¿Qué titulaciones se necesitan para navegar? Depende de tu barco: para un velero ligero con motor pequeño hasta 6 m, basta la Licencia; para un velero o lancha de 7 m, necesitas PNB; para yates de 12 m se exige PER; y para superyates hasta 24 m se pide Capitán de Yate. 
  • ¿Qué velero puedo llevar con el titulín? Hasta 6 m.
  • ¿Qué título hace falta para llevar un velero de 10 m? El PER.
  • ¿Qué barcos puedo llevar con el titulín o con la Licencia? Aquellos de hasta 6 m, de motor o vela.
  • ¿Qué barcos puedo llevar con la Licencia de Navegación? Igualmente, hasta 6 m.

Otro aspecto importante es la vigencia de los títulos. Tradicionalmente se ha pensado que las titulaciones náuticas “caducan” cada 10 años, debiendo renovarse con examen médico.

En realidad, la normativa reciente (Real Decreto 269/2022) simplifica esto: las titulaciones náuticas de recreo no caducan como tales, sino que requieren renovación con certificado médico cada cierto tiempo.

En la práctica, esto equivale a decir que no hay que reexaminar la parte teórica/práctica, solo presentar un certificado médico vigente (cada 1, 2, 5 o 10 años según la edad del patrón).  

Para finalizar, conviene recordar que todos los títulos náuticos requieren certificado médico-psicotécnico. Sin este certificado válido no se puede tramitar ni Licencia ni ningún otro título.

En este punto, desde Psicotecnicosmadrid.com ofrecemos un servicio experto y ágil: contamos con múltiples centros médicos en Madrid (capital, Alcobendas, Alcorcón, etc.) donde gestionamos el reconocimiento médico en plazos muy cortos.

Nuestra experiencia garantiza rapidez y profesionalidad, de modo que obtengas el certificado en minutos y puedas dedicarte a lo más importante: preparar los exámenes teóricos/prácticos o salir a navegar.

Como recomendación experta, sugerimos completar el trámite médico con nosotros para que la obtención de tu titulación náutica sea lo más rápida y eficaz posible

En conclusión, en este artículo hemos recogido de forma integral todas las dudas sobre “qué tipos de títulos náuticos hay en España”. Hemos explicado la escalera completa: desde navegar sin licencia hasta Capitán de Yate, detallando esloras (m), potencias (HP) y distancias (millas) permitidas en cada caso, la diferencia recreativa/profesional (PPER), la regla de los 24 m y la vigencia de las tarjetas.  

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